Uno de los comentaristas habituales del blog me dice que qué hago yo callado con la que está cayendo. Que conste que ya lo avisé, que lo mío no son las prisas sino las pausas... Pero nada, malo si hablas, peor si callas. Bueno, pues algo habrá que decir.
Pero, ¿qué voy yo a decir que no esté ya dicho por gente más formada e informada? Se ha dicho todo lo que se podía decir y más; hasta sabemos ya quién fue el brazo ejecutor de la editorialada, después de que el acusica Arcadi Espada (previa metida de pata de la despechada cadena Ser) empujara a Enric Juliana a levantar el dedo medio avergonzado para decir: "fui yo señorita". A Espada ya le dije lo que tocaba, veamos que puedo añadir aquí.
Solo me cabe añadir lo que me corresponde como ciudadano de a pié, y es que, me siento estafado. Yo, ciudadano corriente, no tenía porqué saber, cuando se me convocó a refrendar o rechazar el Estatut, que el resultado de la consulta podía ser revocado (o modificado, o interpretado o como quieran llamarlo) por un tribunal constitucional. Porque esto -que la soberanía en democracia reside en el pueblo, a veces sí y a veces no- no es de sentido común (común: ordinario, vulgar, frecuente y muy sabido. DRAE, dixit).
No es de sentido común -y dudo mucho que tenga sentido jurídico y constitucional- porque si lo que se aprobó en referéndum no vale, porque no es constitucional, sólo un nuevo referendum puede validar un estatuto distinto. Estatuto que, lógicamente, debería previamente ser discutido por el Parlament de Catalunya y cepillado por las Cortes Españolas. Pero, claro, en esa nueva singladura podría ser objeto de un nuevo recurso de inconstitucionalidad, de manera que la nueva consulta pudiera ser de nuevo invalidada por el TC... y así ad infinitum (o por mejor decir, ad nauseum).
Alguien podría decir -y de hecho ya se ha dicho- que esto hubiera podido evitarse con el recurso previo de inconstitucionalidad. Muy bien, pregunta tonta: ¿se imaginan por un momento todo el proceso paralizado durante más de 3 años, además de los 2 de gestión, a la espera de que sus señorías tuvieran a bien pronunciarse?
Finalmente, y sin salirme de mi condición de ciudadano corriente y lego en la materia. Tengo entendido que una de las cosas que más ha herido la sensibilidad de los magistrados renuentes a aprobar el texto estatutario, es que en él Cataluña (o su parlamento, o su pueblo) se defina a sí misma como nación. A mi parecer esto desmonta el argumento de quienes sostienen que el TC es competente para rechazar el texto aprobado en referendum por la razón de que la soberanía reside en la totalidad del pueblo español y no en una parte del mismo (en este caso Cataluña). Esto sería razonable si en el Estatut se regularan aspectos que afectaran a España en su conjunto (y en aquellos supuestos en que así sea, me callo) pero ¿que puñetas le importa al TC, como se defina Cataluña a sí misma? Porque si le importa, si España se siente legitimada para decirle a Cataluña quien es y como debe ser, entonces es que todo ha sido una pamplina y que aquí nadie se creyó lo de el Estado de las Autonomías.
30 de noviembre de 2009
28 de octubre de 2009
Profecías autocumplidas

Si entrem aquí prendrem molt de mal, perquè a les hores jo tindria una resposta fàcil (...) tots els casos son diferents, però tots farien una mica de ferum...
Pujol alerta del perill de remoure el finançament dels partits
Si lo sabía él, que "aquí prendrem tots mol de mal..." Y es que sabe más el diablo por viejo que por diablo.
22 de octubre de 2009
El sentido común y sus enemigos
Cada uno es más o menos sensible a ciertos hechos o a determinadas circunstancias. Yo -no sabría decir exactamente el porqué- lo soy a los atentados al sentido común y a la lógica.
Viene esto a cuento del "caso Millet" y el circo montado alrededor del auto del juez. Por ejemplo, una de las cosas que argumentan los defensores de la puesta en libertad de los imputados es que la figura de "alarma social" ha desaparecido del código penal ¿Y...? ¿Quién ha hablado de alarma social? La sociedad no está alarmada, está indignada, que es una cosa muy distinta. Alarma social es lo que vemos en las películas de la serie negra, donde la gente no sabe quién será la siguiente víctima del asesino en serie. Aquí no hay alarma: los que tenían que ser estafados o robados ya lo han sido. Aquí, insisto, lo que hay es indignación.
Se me dirá que la indignación social tampoco está recogida en el código penal. De acuerdo, pero no es a eso a lo que iba, sino al atropello de la lógica. Leo en la prensa que la decisión del juez para dejar en libertad a Montull y Millet se basa en que no hay riesgo de fuga ni de destrucción de pruebas porque:
y porque:
Estoy convencido y no pongo en cuestión -entre otras cosas porque soy lego total en la materia- que el juez ha actuado de acuerdo con los procedimientos establecidos, lo que denuncio como un atropello al sentido común es que se evalúen unos riesgos 3 meses después de las hipotéticas contingencias.
El momento de máximo riesgo de fuga (como señala el propio juez) y de máximo riesgo de destrucción de pruebas fue cuando los mossos entraban por una puerta del Palau y Millet salía bajo un paraguas por la otra. Desde luego, a esos efectos, es ahora bastante irrelevante que sigan, o no, en libertad.
Viene esto a cuento del "caso Millet" y el circo montado alrededor del auto del juez. Por ejemplo, una de las cosas que argumentan los defensores de la puesta en libertad de los imputados es que la figura de "alarma social" ha desaparecido del código penal ¿Y...? ¿Quién ha hablado de alarma social? La sociedad no está alarmada, está indignada, que es una cosa muy distinta. Alarma social es lo que vemos en las películas de la serie negra, donde la gente no sabe quién será la siguiente víctima del asesino en serie. Aquí no hay alarma: los que tenían que ser estafados o robados ya lo han sido. Aquí, insisto, lo que hay es indignación.
Se me dirá que la indignación social tampoco está recogida en el código penal. De acuerdo, pero no es a eso a lo que iba, sino al atropello de la lógica. Leo en la prensa que la decisión del juez para dejar en libertad a Montull y Millet se basa en que no hay riesgo de fuga ni de destrucción de pruebas porque:
«Las acciones realizadas por los imputados (cartas de confesión), en aplicación de una mínima lógica no se corresponden con unas personas que estén preparando su huida ya que es evidente que han tenido la oportunidad de fugarse desde el mismo día en que se produjo el registro del Palau, haciéndolo con una importante suma de dinero y sin reconocer ningún tipo de responsabilidad».
«Los imputados no tienen acceso a los locales y sus personas cercanas también se han desvinculado de las entidades»El riesgo, por definición, es la evaluación de las posibilidades de que algo pueda acontecer en el futuro, no la constatación de hechos pasados. Nadie nos va a asegurar una casa quemada o un coche accidentado. Pués bien, se concluye que Millet y Montull no se fugarán porque no se fugaron en su momento, y no destruirán pruebas porque ya no tienen acceso a las mismas. (O ya no quedan pruebas qué destruir porque sí tuvieron acceso a ellas con anterioridad).
Estoy convencido y no pongo en cuestión -entre otras cosas porque soy lego total en la materia- que el juez ha actuado de acuerdo con los procedimientos establecidos, lo que denuncio como un atropello al sentido común es que se evalúen unos riesgos 3 meses después de las hipotéticas contingencias.
El momento de máximo riesgo de fuga (como señala el propio juez) y de máximo riesgo de destrucción de pruebas fue cuando los mossos entraban por una puerta del Palau y Millet salía bajo un paraguas por la otra. Desde luego, a esos efectos, es ahora bastante irrelevante que sigan, o no, en libertad.
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